LOS DERECHOS DEL DEUDOR
¿Sabes cuáles son los derechos del deudor?
¿Cuáles son tus derechos al tener una deuda?
Ante la situación actual, existen varias razones como una emergencia médica, familiar o la pérdida del trabajo que nos llevan a no poder enfrentar nuestras deudas de manera regular, aún cuando exista la completa intención de cubrirlas y las posibles prórrogas que se hayan negociado. Una vez que esta deuda sobrepasa un tiempo razonable, las instituciones financieras comienzan a buscar la forma de recuperar su capital, ya sea directamente o a través de despachos de cobranza.
Sin embargo, las compañías encargadas de resolver la situación morosa, no deben de caer en el acoso ni el hostigamiento, pues existe un marco regulatorio que vigila los abusos que se pudieran cometer en contra del deudor. A partir del 2014 se le otorgó a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la facultad para emitir disposiciones para que los deudores tengan un respaldo legal y poder defenderse en caso de que las entidades financieras de cobranza no respeten sus derechos.
¿Qué sí pueden hacer los cobradores?
- Llamar en el horario de 7 a 22 horas.
- Llamar a terceros y al deudor con la finalidad de hacer de conocimiento los datos de identificación y de contacto del despacho de cobranza.
- Comunicarse con el deudor para aclarar la deuda y dar a conocer los saldos, montos y las fechas de pago realizadas.
- Informar que si no se paga la deuda el asunto se llevará al área jurídica.
- Las entidades bancarias o financieras pueden ofrecer algún tipo de negociación, la que debe estar respaldada con un contrato o documentación que debe tener la entidad y el cliente.
¿Qué no pueden hacer los cobradores?
- Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las instituciones públicas.
- Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales o presentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
- Hacer público que el cliente no ha pagado.
- Deben dirigirse al deudor de manera respetuosa, sin ofensas, intimidaciones o amenazas.
- Comunicarse en un horario de las 7:00 a 22:00 horas.
- Amenazar, ofender o intimidar a los familiares, compañeros de trabajo o cualquier persona que no tenga relación con la deuda.
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad financiera, obligado solidario o aval.
- Cobrar a terceros, a menores de edad o con alguna discapacidad.
- Cobrar a adultos mayores a menos que éstos sean los deudores.
- Utilizar números telefónicos sin identificador de llamadas.
- Recibir dinero en efectivo. Los depósitos siempre deben hacerse en una cuenta bancaria de la institución.
- Entrar al domicilio particular sin autorización. Tampoco podrán por ningún motivo romper, dañar algún inmueble o tomar algún objeto de propiedad del deudor.
En caso que una institución financiera o despacho de cobranza caiga en malas prácticas, la forma de interponer una queja es mediante la Condusef o el servicio de Registro de Despachos de Cobranza (REDECO): Un sistema electrónico con información de estas instituciones y que funciona como intermediario entre las entidades financieras y el deudor. En el REDECO, los despachos de cobranza deben actualizar sus datos cada tres meses y es en este sitio donde los usuarios pueden consultar el listado de los despachos de cobranza de cada una de las entidades financieras.
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